jueves, 16 de noviembre de 2017

Qué es y cómo funciona el Comité Nacional de Bioética - DiarioMedico.com

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LEGISLACIÓN

Qué es y cómo funciona el Comité Nacional de Bioética

Trabajo en el servicio de farmacia de un hospital público y hace unas semanas el comité de bioética de mi centro se reunió a instancias de un paciente y su familia, en relación con el suministro de un medicamento. Me gustaría conocer si existe un comité a nivel nacional y qué funciones y competencias tiene. B.A.S. (Sevilla).
María Sutil   |  03/11/2017 00:00
 
 

Comité de Bioética
Autor: DM
Existe un Comité de Bioética a nivel estatal creado por la Ley 14/2007 de 3 de julio, de Investigación Biomédica. Se estableció como el órgano competente para la consulta de todos aquellos aspectos con implicaciones éticas y sociales del ámbito de la Medicina y la Biología. Está llamado a fijar las directrices y principios generales para la elaboración de códigos de buenas prácticas de investigación científica que desarrollen los comités de ética de la investigación.
Dicho órgano cuenta con un reglamento de organización y funcionamiento interno, que regula desde su naturaleza jurídica y funciones, hasta el procedimiento de elaboración de informes, propuestas, recomendaciones y otros documentos.
Entre sus funciones se encuentran: emitir informes, propuestas y recomendaciones para los poderes públicos de ámbito estatal y autonómico en asuntos con implicaciones bioéticas relevantes; emitir informes, propuestas y recomendaciones sobre materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud que el comité considere relevantes, o representar a España en los foros y organismos supranacionales e internacionales implicados en la Bioética.
Asimismo, el comité estatal deberá colaborar con el resto de comités autonómicos que tengan funciones asesoras sobre las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud.
Los informes antes mencionados serán difundidos en la página web y podrán ser publicados, respetándose los derechos fundamentales de las personas que pudieran verse afectadas por dicha divulgación, en especial, los relativos al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la protección de datos de carácter personal.
Se trata de un órgano colegiado, independiente y de carácter consultivo, que desarrollará sus funciones con plena transparencia sobre materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud con pleno sometimiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

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