jueves, 8 de febrero de 2018

El Supremo 'tumba' los pactos de gestión hospitalaria en Madrid - DiarioMedico.com

El Supremo 'tumba' los pactos de gestión hospitalaria en Madrid - DiarioMedico.com



ESTIMA EL RECURSO DE CCOO

El Supremo 'tumba' los pactos de gestión hospitalaria en Madrid

El Tribunal Supremo anula los pactos de gestión realizados en Madrid por la Consejería de Sanidad con los hospitales, que perseguían, entre otras cuestiones, reducir la lista de espera. La sentencia dice que los pactos no se trataron con los profesionales, vulnerando el derecho a la negociación colectiva.
D.C/N.M/J.A.P   |  08/02/2018 18:12
 
 

César Pascual, director de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud (Sermas).
César Pascual, director general de Coordinación de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud (Sermas). (DM)
Los pactos de gestión firmados por la Consejería de Sanidad de Madrid con los hospitalessiguen dando de qué hablar. Una sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha accedido DM, anula varios de los pactos firmados con los centros hospitalarios en 2015 con el objetivo, entre otros, de reducir las listas de espera.
Desde que se fimaron, los pactos de gestión han estado rodeados de polémica. Criticados y denunciados por los sindicatos, Madrid alegaba que favorecían una mejor organización interna sin vulnerar la negociación colectiva, algo en lo que los sindicatos se mostraban contrarios, CCOO y Amyts.
  • El Supremo señala que las condiciones de los pactos no se negociaron ni se consultaron con los profesionales
La sentencia trata de explicar el sentido de la palabra pacto: "cabe presumir que en su elaboración intervendrían los profesionales de cada servicio. a los efectos de implantar las actuaciones previstas sobre las listas de espera". Ahora bien, añade: "En la medida en que incide en las condiciones de trabajo, era exigible una negociación para satisfacer las exigencias del artículo 28 de la Constitución", que trata los derechos sindicales.
El Supremo añade en la sentencia: "Las medidas no se negociaron, pero tampoco se consultaron como exige el Estatuto Marco, algo de lo que se han quejado los sindicatos desde un principio. El texto continúa: "Es un hecho no discutido que en la Mesa Sectorial del 30 de octubre de 2015, la Consejería de Sanidad se limitó a dar cuenta de un modelo de pacto". 
Los pactos ya fueron anulados por una sentencia del Juzgado Contencioso-administrativo nº26 de Madrid, que estimó una denuncia del sindicato Amyts. Por otro lado, una posterior denuncia de CCOO fue desestimada por otro juzgado, pese a que se basaba en los mismos principios que la de Amyts.
  • Todos los pactos, incluidos los firmados tras los recursos sindicales, han llegado sin negociación en Mesa Sectorial
El Gobierno autronómico alegaba, en contra de la opinión de los sindicatos, que la decisión entraba dentro de sus competencias de organización de los recursos y, por tanto, como mucho, procedía una mera consulta a los sindicatos.
Con esta situación, los pactos continuaban en pie. Tras la decisión del Supremo, la sentencia es firme y no cabe recurso, con lo que podría obligar a la Comunidad de Madrid a retirarlos. No queda claro si la decisión afectaría a pactos firmados después de los recursos sindicales, aunque es cierto que todos ellos se han firmado siguiendo el mismo proceso que critica la sentencia: sin negociación en la Mesa Sectorial.

Reacciones

CCOO ha señalado que "la realización de peonadas no solventa la realidad inadmisible de los 73.834 pacientes que en la actualidad están en lista de espera" y ha defendido "la recuperación de los casi 8.000 puestos de trabajo destruidos durante el período privatizador y de crisis" y aprovecharlos para operar y hacer pruebas diagnósticas en turno de tarde y fines de semana.
Amyts ha manifestado su satisfacción por la noticia: "Dichos pactos de gestión se instauraron de manera unilateral y opaca por parte de la Consejería de Sanidad. Sólo a través de sentencias judiciales se pudo conocer su contenido: pactos que dejaban a la discrecionalidad cosas como el reparto de las retribuciones entre los distintos profesionales y centros, y contenía cláusulas que supeditaban el pago al cumplimiento de indicadores que afectaban a la totalidad de los servicios y no solo a los que voluntariamente realizaran dichos pactos". A
demás, aseguran que los pactos no sólo no han servicio para atajar la lista de espera, sino que además "han generado numerosos conflictos como retrasos injustificados de pago, ausencia de voluntariedad e incluso de las firmas de los profesionales en ocasiones y en general una sensación de falta de voluntad de transparencia".

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